Prestaciones

Las prestaciones se brindan en los establecimientos, centros médicos y con los profesionales que figuran en la presente cartilla, no correspondiendo reintegro alguno por prestaciones recibidas fuera de los mismos. Del mismo modo se reconocerá la cobertura en los Hospitales de Gestión Descentralizada ya que se consideran prestadores naturales del sistema. No serán aceptadas órdenes de profesionales que no pertenezcan a la presente cartilla.

Consultas médicas

El acceso a las prestaciones médicas que brinda la Obra Social, excepto en casos de urgencia, es a través de los "Médicos Referentes" o de "Acceso Directo" de acuerdo con las normativas del Programa Médico Obligatorio.

Comunicarse directamente con los profesionales a sus respectivos consultorios para reservar turno.

Para Consultas Programadas deberá solicitar el turno previamente y presentarse con un Bono de Consulta provisto por la Obra Social

En todos los casos el coseguro se abona en el mismo consultorio del profesional o en la institución que realiza la prestación.

En caso de Consultas Urgentes o en días feriados podrá concurrir a cualquiera de los Establecimientos Sanatoriales indicados para Urgencias que figuran en la presente cartilla, no debiendo abonar la consulta ni las practicas que se realicen.-


En el primer caso deberá abonar solamente un bono por cada consulta que realice. Los profesionales no están autorizados a cobrar arancel alguno por encima de los mencionados. En caso de producirse tal situación, rogamos comunicarlo a la Obra Social.

Diagnóstico y tratamiento

Se brindan todas las prácticas diagnósticas y terapéuticas detalladas en el Anexo II de la Resolución 201/2002 MS, considerando el material descartable y los medios de contraste como parte de la prestación que se realiza. La cobertura de la práctica es del 100% abonando el Coseguro correspondiente según el caso.

-Para realizar estudios de laboratorio, radiología y prácticas médicas para diagnóstico y tratamiento, debe concurrir con la orden de práctica emitida por un profesional de la cartilla.

-En todos los casos estas prestaciones necesitan autorización previa. Para obtener la misma podrá hacerlo personalmente en Pringles 1090-CABA de lunes a viernes de 10 a 16 horas vía fax a los teléfonos 4867-2102/3990 y autorizaciones.osfot@hotmail.com

-Debe concurrir al centro de diagnóstico (Laboratorio, instituto Radiológico) seleccionado por usted dentro del listado que figura en su cartilla, con la correspondiente autorización, reservando previamente turno y solicitando las indicaciones del caso.

Recuerde que siempre deberá acreditar su condición de afiliado, exhibiendo su documento de identidad y carnet de la Obra Social, además de la orden original emitida por un profesional de la cartilla.

Estudios de alta complejidad

Se trata de un conjunto de prestaciones que incluyen tecnología avanzada

Ejemplo: Tomografía computada, Resonancia Nuclear Magnética, Cámara Gamma, Arteriografía, Coronariografia, Diálisis Renal, Densitometría Ósea, Doppler Color, etc.

Los estudios de Alta Complejidad requieren autorización previa y derivación. Para obtenerlas usted podrá gestionarlas personalmente en Pringles 1090-CABA de lunes a viernes de 10 a 16 horas, vía fax a los teléfonos 4867-2102/3990 y autorizaciones.osfot@hotmail.com.-

Se deberá presentar la solicitud del Profesional de la Cartilla, junto con un breve resumen de Historia Clínica.

En todos los casos que corresponda, los coseguros se abonan en la misma institución donde se realiza la práctica.

Internaciones

Incluye todas las internaciones realizadas en instituciones de la cartilla y prescriptas por profesionales de la misma y/o de Hospitales Públicos de gestión descentralizada. Se fijará la duración de la estadía de acuerdo con las necesidades que imponga cada caso.

Todas las internaciones prescriptas por médicos de la cartilla y realizadas en instituciones de la misma, cuentan con la cobertura total de los gastos. Esto incluye: pensión, derechos sanatoriales, estudios, medicamentos, material descartable, terapia intensiva, unidad coronaria, atención del recién nacido normal y patológico, honorarios profesionales (incluye anestesiología). En cuanto al tipo de habitación será "compartida" con baño privado. ACOMPAÑANTE. Se cubre el 100% cuando el paciente tiene hasta 15 años Se asegura el 100% de cobertura en internación en cualquiera de sus modalidades (institucional, domiciliaria, hospital de día), con tiempo ilimitado.-

NO SE RECONOCEN INTERNACIONES NI PRESTACIONES EN ESTABLECIMIENTOS QUE NO FIGUREN EN CARTILLA O NO SEAN DEBIDAMENTE AUTORIZADOS.

* En caso de internaciones programadas, debe solicitar personalmente la orden correspondiente autorizada en Pringles 1090, CABA, de lunes a viernes de 10 a 16 horas, vía fax a los teléfonos 4867-2102 / 3990, y autorizaciones.osfot@hotmail.com, adjuntando siempre la orden médica.

* En casos de internaciones de urgencia, puede concurrir directamente a las instituciones señaladas en la cartilla.

Ley 26914/2013 Diabetes


Se garantiza la cobertura del 100% en medicamentos y reactivos de autocontrol para pacientes diabéticos (cualquier tipo) como así también en cantidades necesarias de acuerdo a prescripción médica.-

Refractómetro para la lectura de las tiras reactivas para glucosa en sangre se otorgaran a mujeres diabéticas embarazadas o personas con alteraciones visuales de los colores. Previa autorización de la Auditoria Médica correspondiente.-

De acuerdo al Art. 2 de la citada Ley y Resolución 764/2018-MSyDS.-

Miastenias gravis; Mestinón (Piridostigmina) 60 grs.: cobertura del 100% a cargo de la Obra Social, de acuerdo a la Resolución 799/99 MSyAS.-

Otros: Todos los incluidos en el Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes.-

Tratamiendo de obesidad

Se dará cobertura en un todo de acuerdo a la Ley 26396/2008 y Resolución 742/2009 a los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaria e integral de las enfermedades.-

Medicamentos omeopaticos y recetas magistrales

No tienen cobertura. No se reconocen reintegros por compras de medicamentos en farmacias fuera de la Red.

Celiaquía

Se dará cobertura al 100% del marcador célico IgA, anticuerpos anti transglutaminasa tisular humana para la detección de la enfermedad y a la biopsia del duodeno proximal para el diagnóstico de la misma de acuerdo a la Ley 26588/2009 - Resolución Nº 102/11 MS.-

Se dará cobertura a toda persona con celiaquía, en conceptos de harinas y premezcla libre de gluten, por un monto mensual de $ 479.26 (Resolución 1720E/2017).- Este monto les será reintegrado en Pringles 1090-CABA de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 horas.-

Fertilización asistida

La Obra Social, de acuerdo a la Ley 26862/13 y Decreto Reglamentario Nº 956/2013 garantiza el acceso integral a los procedimientos y técnicas de reproducción medicamente asistida a todos los beneficiarios mayores de edad, habiendo prestado su consentimiento informado previamente.-

Odontología

La cobertura que la Obra Social otorga a los afiliados cumple con todas las determinaciones del Programa Médico Obligatorio y sus modificaciones.

Se brinda en los consultorios zonales privados de los odontólogos de cartilla.

En todos los casos, los coseguros se abonan en el mismo consultorio del profesional o en la institución que brinda la prestación.

En O.S.Fot existen programas de odontología preventiva consistentes en educación para la salud bucal, campos de prevención y fluoración.

Rehabilitacion kinesica y fonoaudiologa

Se dará cobertura de kinesioterapia hasta 30 sesiones por afiliado y por año. Igual modalidad rige para fonoaudiología, debiendo abonarse un Coseguros de $ 105 por sesión. Se dará cobertura ambulatoria para rehabilitación motriz, psicomotriz, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial.

Se dará cobertura en los talleres de Estimulación Temprana abonando un Coseguro de $ 167, quedando excluido de este pago el niño de hasta 1 año de vida por encontrarse dentro del Plan Materno Infantil.

Identidad de género

La Obra Social cumple con las prestaciones comprendidas en la Ley de Identidad de Género Nº 26743/2012.-


Salud mental

Se establece la cobertura de las prestaciones establecidas en la Ley de Salud Mental Nº 26657/2010 y su Decreto Reglamentario Nº 603/2013.-


Vacunación

Se dará cobertura al 100% de todas las vacunas que se entren dentro del CALENDARIO NACIONAL DE VACUNACIÓN, a saber:

BCG / HEPATITIS B (HP) / NEUMOCOCO CONJUGADA / PENTAVALENTE (DTP-HB-Hib) ROTAVIRUS/CUADRUPLE (dtp-Hib) / SABIN (Polio)) / TRIPLE VIRAL (SRP) / GRIPE / HEPATITIS A (HA) / VARICELA / TRIPLE BACTERIANA CELULAR (DTP) / TRIPLE BACTERIANA ACELULAR (dTap) / DOBLE BACTERIANA (dt) / VPH / DOBLE VIRAL (SR) / FIEBRE AMARILLA (FA) Y FIEBRE HEMORRAGICA ARGENTINA (FHA).-.

Plan materno infantil

Se dará cobertura a la madre durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento.

Comprende la atención de la afiliada embarazada a partir del momento del diagnóstico: estudios relacionados con el embarazo, el parto o cesárea y hasta el primer mes posterior al nacimiento. La cobertura será del 100% de las prestaciones, incluido los medicamentos prescriptos en forma ambulatoria, relacionados con el embarazo y parto, dentro del listado especifico. La atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad, también gozan de la cobertura del 100%, en consultas de seguimiento y control, inmunizaciones del periodo, internaciones clínicas y quirúrgicas y la medicación por cualquier patología que ocurra durante el primer año de vida, siempre que esta figure en el listado de medicamentos esenciales Para gozar de los beneficios del Plan Materno Infantil, se deberá acreditar ante la Obra Social, la condición de estar embarazada e inscribir a su recién nacido en el Registro de la misma.Es obligatorio que a todo niño al nacer se le practiquen las determinaciones para la Detección y posterior tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quistica, galactocemia, hiperplasia suprarenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis (Ley 26279), y como diagnostico precoz: ecografía de caderas y otoemisiones acústicas, como asi también todas las vacunas indicadas en el calendario nacional de vacunación.-A fin de estimular la lactancia materna no están cubiertas las leches maternizadas excepto por estricta indicación médica.Tienen cobertura al 100% las leches medicamentosas, Para acceder a las mismas se deberá presentar Resumen de Historia Clínica y prescripción médica.-

Oncología

Las enfermedades oncológicas tendrán su tratamiento sin cargo para el afiliado, por medio de terapéuticas reconocidas por la autoridad de aplicación. Se cubrirán solamente los medicamentos aprobados por protocolos nacionales y prescriptos por el nombre de la drogas. NO aquellos experimentales, aunque estuviesen en su periodo de prueba.

Prótesis

La Obra Social brindará el 100% de cobertura en prótesis e implantes de colocación interna, en forma permanente, y del 50% en ortesis y protesis externas, no reconociéndose las prótesis denominadas miogenicas o bioelectricas.- Serán reconocidas las prótesis de origen nacional indicadas por los profesionales del sistema y autorizadas por la Auditoria Médica. Las indicaciones médicas se efectuarán por nombre genérico, sin aceptar sugerencias de marcas, proveedor u especificaciones técnicas que orienten la prescripción encubierta de determinado producto. Solo se aceptaran prótesis importadas cuando no exista similar nacional.

Todo de acuerdo a lo señalado en la Resolución 400/2016 SSS.-

Otras coberturas

Cuidados paliativos: Asistencia activa y total de los pacientes por un equipo multidisciplinario, cuando el Tratamiento curativo ya no es viable y la expectativa de vida estimada no mayor a 6 meses.

Objetivo: Alivio de síntomas en especial el dolor y el abordaje psicosocial del paciente con una cobertura del 100%.

Hemodiálisis y Diálisis Peritoneal continua ambulatoria con una cobertura del 100%. Es obligatoria la inscripción en el INCUCAI.

Medicamentos

Los medicamentos para pacientes ambulatorios cuentan con el 40% o el 70% de descuento (de acuerdo a las normas vigentes) en las farmacias de cartilla, con la presentación de la receta médica debidamente cumplimentada y realizada por un profesional de la cartilla, credencial y documento de identidad, en total cumplimiento de la Resolución Nº 310/2014 y sus modificatorias vigentes.-.- Del mismo modo se asegura la cobertura de medicamentos de alternativa terapéutica sobre las recomendaciones de uso establecidas en Resolucion 400/2016 (SSS) y Resolución 46/2017 SSSalud).- La cobertura se encuadra dentro de la legislación vigente por lo cual solo se brindan medicamentos recetados por su denominación genérica o denominación común internacional seguida de: forma farmacéutica, cantidad de unidades, cantidad de envases y concentración (Ley 25649 y Decreto 987/03) La receta tendrá una vigencia de 21 días a contar de la fecha de prescripción por el médico tratante.

Oncológicos aprobados por la autoridad sanitaria se cubren en un 100%.

En internación la cobertura es del 100%.

En Insuficiencia renal crónica se cubre al 100% la Eritropoyetina.

Medicación no oncológica de uso de protocolos oncológicos, tendrá la misma cobertura que la medicación ambulatoria.-

El Ondasetron en el tratamiento de vómitos agudos inducidos por drogas altamente emetizantes (cisplatino, carboplatino, ciclofosfamida, dactinomicina D, dacarbazina, doxorrubicina, idarrubicina, epirrubicina, estreptozotozina, citarabina) tendrá una cobertura del 100%.-

Cobertura del 100% de la medicación analgésica destinada al manejo del dolor en pacientes oncológicos, según protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación.

Medicación con cobertura del 100% comprendido en:

Resolución 400/2016 SSS (y Resolucion 46/2017-SSSalud):

ENFERMEDAD DERMATOLOGICA

ENFERMEDAD DIGESTIVA

ENFERMEDAD HEMATOLOGICA

DESORDENES DEL SISTEMA INMUNOLOGICO

ENFERMEDAD HEREDITARIA

ENFERMEDAD ONCOLOGICA

INMUNODEFICIENCIAS

INSUFICIENCIAS CON RIESGO DE VIDA DE UNO O MAS ORGANOS O TEJIDOS

TRASTORNO DEL CRECIMIENTO

ENFERMEDAD OSTEO ARTICULAR

ENDOCRINO METABOLICO

ENFERMEDAD NEUROLOGICA

ENFERMEDAD RESPIRATORIA

CARDIOVASCULAR PERIFERICO

Será de cobertura al 100% los medicamentos comprendidos en:

Resolución 1561/2012: Drogas Inmunodepresoras en la etapa posterior o concomitante a la realización de los trasplantes del Anexo II de la citada resolución.

Tobramicina aerosolizada.

rhDNASA humana

Tratamiento de la Fenilcetonuria

Tratamiento para las infecciones por Estafilococos Meticilino Resistentes (Teicoplanina)

Tratamiento con Factores Estimulantes de Colonias Granulociticas (para pacientes con neutropenias severas)

Tratamiento para tumores Productores de Somastostatina y Síndrome Carcinoide (analogos de la Somatostatina)

Tratamiento de la Psoriasis en placa (100%)

Resolución 1561/2012 y sus modificatorias y complementarias: para pacientes con HIV+ (100%)

Resolución 232/2007: Se cubrirá al 100%: Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE): Levonorgestrel 1.5 mg comp x 1 y Levonorgestrel 0.75 mg comprimidos x 2

Resolución 310/2004: Alternativa Terapéutica: la Cobertura será resuelta por la Auditoria de la Obra Social según las recomendaciones de uso establecidas. La misma será del 40% para medicamentos de uso habitual y 70% para los medicamentos destinados a patologías crónicas prevalentes .

Cobertura del 100% de: Dapsona (tratamiento de la lepra), inmunoglobulina antihepatitis B, drogas para el tratamiento de la tuberculosis, medicamentos anticonceptivos incluidos en los Anexos III y IV, anticonceptivos intrauterinos (dispositivos de cobre), condones con o sin espermicidas, diafragmas y espermicidas.